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CARTA DE INVITACIÓN 

Para que podamos recibir a un amigo/amiga extranjero en nuestra casa española, por unos días (tipo: para que conozca nuestra bella ciudad; para demostrarle la misma hospitalidad que él nos dispensó en su día cuando nosotros le visitamos; para pasar unas fiestas, asistir a nuestra boda, etc.  HOY es necesario que éste lleve en manos para entregar en la aduana una CARTA DE INVITACIÓN. 

Cito textualmente:

Este tipo de carta vale únicamente para un particular que invita a otro particular que viene a España como turista por un tiempo máximo de 90 días. Se deben presentar en la comisaría a la que pertenezca el domicilio donde va a alojarse la persona a la que se invita, los siguientes documentos: 

–         Solicitud completa en el modelo adecuado

–         Fotocopia compulsada de la Escritura Pública o Título de Propiedad

–         Certificado o Nota Simple del Registro de la Propiedad

–         Certificado del Padrón del Ayuntamiento en el que conste el número total de personas empadronadas en el domicilio (Original)

–         Certificado del Presidente de la Comunidad de Propietarios especificando el número de personas que conviven en el domicilio (Original)

–         Fotocopia compulsada del DNI/ pasaporte/ NIE del invitante

–         Certificación oficial acreditativa del domicilio del invitado (legalizada y traducida al español) y (original) “SI PERTENECE AL CONVENIO DE LA HAYA HABRÁ QUE APOSTILLARLO” “SI NO HABRÁ QUE SOLICITARLO EN UN ORGANISMO OFICIAL, PASARLO POR EL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES DE SU PAÍS, Y EL CONSULADO DE ESPAÑA EN SU PAÍS”.

–         Certificado de antecedentes penales emitido por la Autoridad competente del país de procedencia del invitado, “SI PERTENECE AL CONVENIO DE LA HAYA HABRÁ QUE APOSTILLARLO” “SI NO HABRÁ QUE SOLICITARLO EN UN ORGANISMO OFICIAL, PASARLO POR EL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES DE SU PAÍS, Y EL CONSULADO DE ESPAÑA EN SU PAÍS”.

–         Fotocopia del pasaporte del invitado.

–         SI ES UN PARIENTE: Documentación que acredite el parentesco o vínculo (Partida de nacimiento, libro de familia, etc.) (legalizadas y traducidas) (Original)

–         SI ES UNA AMISTAD: Fotografías o correspondencia o justificantes telefónicos de llamadas mutuas o cualquier otro documento o soporte visual que demuestre la relación entre invitante e invitado.

Frente a los ojos de espanto que puso mi madre cuando el policía le explicaba la bendita carta, el propio hombre de la ley exclamó: “señora, Va usted a tardar meses en conseguir todos los documentos, sin contar con el dinero que le va a costar. Lo mejor es que le diga a su amiga que intente pasar sin la carta. Que se haga la tonta”. 

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